Protocolo contra el acoso LGTBI
¿Qué es un Protocolo LGTBI?
El Protocolo LGTBI es una herramienta organizativa que establece las pautas de prevención, detección y actuación frente a situaciones de discriminación, acoso o violencia por razón de orientación sexual, identidad o expresión de género en el entorno laboral o institucional. Su finalidad es garantizar espacios seguros, respetuosos y libres de LGTBIfobia, protegiendo los derechos de las personas LGTBI y promoviendo la igualdad real y efectiva.
Este tipo de protocolo se enmarca en el cumplimiento de la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, que establece la obligatoriedad para todas las empresas de contar con este protocolo frente a la discriminación de este colectivo. También responde a lo establecido en normativas autonómicas y planes estratégicos de igualdad y diversidad. El protocolo permite actuar de forma eficaz ante cualquier incidente, contribuyendo a construir una cultura organizacional inclusiva.
¿En qué consiste exactamente el servicio?
Desde Consultoría Lila acompañamos a empresas y entidades en el diseño e implantación de un Protocolo específico de prevención y actuación frente al acoso por razón de orientación sexual, identidad y expresión de género, en cumplimiento de la Ley 4/2023.
Este servicio incluye:
- Diagnóstico inicial: análisis de la situación de partida, detección de posibles riesgos y revisión de documentos y protocolos ya existentes.
- Diseño del protocolo personalizado: adaptado a la realidad de la empresa o entidad, y alineado con la normativa vigente estatal y autonómica.
- Definición de circuitos de actuación claros y eficaces ante situaciones de acoso o discriminación LGTBI.
- Formación y sensibilización: al personal y a los órganos responsables de aplicar el protocolo.
- Asesoramiento para su implantación, difusión interna y seguimiento.
El protocolo es una herramienta clave para garantizar entornos laborales seguros, respetuosos y comprometidos con los derechos humanos y la diversidad.
¿Qué problema resuelve o necesidad satisface?
Elaborar e implantar un Protocolo contra el acoso LGTBI no solo da respuesta a una obligación legal, sino que soluciona problemas reales dentro de las organizaciones y refuerza su compromiso con la igualdad y los derechos humanos.
Problemas que resuelve:
Ausencia de herramientas claras de actuación ante situaciones de acoso o discriminación por orientación, identidad o expresión de género.
Desconocimiento del marco legal vigente, especialmente la Ley 4/2023.
Riesgo de sanciones, conflictos internos o daños reputacionales derivados de la inacción.
Ambientes laborales inseguros o excluyentes para personas LGTBI.
Necesidades que satisface:
Cumplimiento normativo para todas las empresas.
Prevención de riesgos psicosociales y mejora del clima laboral.
Impulso a la diversidad y la inclusión, alineado con los valores de igualdad.
Refuerzo de la responsabilidad social corporativa y la coherencia interna.
Atracción y fidelización del talento, especialmente de las generaciones más comprometidas con los derechos LGTBI.
No solo se busca cumplir con la ley, sino generar cambios positivos, medibles y sostenibles en la organización
A quién están dirigidos nuestros servicios
El servicio de elaboración del Protocolo contra el acoso LGTBI está pensado para organizaciones que desean garantizar entornos seguros, inclusivos y respetuosos con la diversidad sexual y de género. Especialmente recomendado para:
Empresas privadas
Que deseen cumplir con la Ley 4/2023 y prevenir situaciones de acoso o discriminación hacia personas LGTBI en sus plantillas, especialmente si cuentan con más de 50 personas trabajadoras.
Entidades públicas y administraciones
Ayuntamientos, servicios municipales, consorcios o entes del sector público que quieran reforzar sus políticas de igualdad y crear protocolos específicos para entornos institucionales.
Tercer sector y organizaciones sociales
Asociaciones, fundaciones o entidades del ámbito social que desean incorporar una mirada interseccional y LGTBI+ en sus políticas internas y su forma de trabajar.
Centros educativos, culturales y deportivos
Organizaciones que, por su naturaleza, reúnen a personas jóvenes o diversas y requieren herramientas claras para prevenir y actuar ante posibles situaciones de LGTBIfobia.
¿Cuáles son las fases del Protocolo contra el acoso LGTBI?
Contacto con la empresa o entidad clienta
Reunión/ visita de contacto con personal clave, conocer la empresa y sus necesidades.
Elaboración de presupuesto + propuesta técnica.
¡Hola!!
Dedicaremos el tiempo necesario a esta reunión
Diagnóstico inicial
Reunión exploratoria con personal de referencia o dirección.
Análisis de la estructura organizativa y del clima laboral.
Identificación de riesgos y situaciones de partida.
Revisión normativa y documental
Estudio de la legislación estatal y autonómica aplicable.
Revisión de protocolos y documentos internos existentes.
Detección de vacíos normativos o incoherencias.
Diseño del protocolo
Redacción de contenidos adaptados al contexto de la entidad.
Definición de conceptos clave y tipologías de acoso LGTBI.
Creación del circuito de actuación y medidas de protección.
Validación interna y acompañamiento
Presentación del borrador a la dirección o comisión correspondiente.
Recogida de aportaciones y ajustes finales
Resolución de dudas técnicas o metodológicas
Formación y sensibilización
Sesión formativa para personal directivo o referente.
Formación general al equipo sobre el contenido y uso del protocolo.
Entrega de materiales complementarios y guías prácticas.
Implantación y seguimiento
Apoyo en la difusión interna del protocolo (cartelería, canales digitales).
Recomendaciones para el seguimiento, evaluación y revisión periódica.
Orientación para incluir el protocolo en el sistema de gestión de la organización.
* Este cronograma es adaptable según el tamaño y necesidades de la empresa o entidad, permitiendo una implementación eficaz de acciones de igualdad.
No solo se busca cumplir con la ley, sino generar cambios positivos, medibles y sostenibles en la organización
Preguntas frecuentes
Aquí respondemos a algunas de las preguntas más frecuentes sobre los planes de igualdad.
Sí, si tu empresa tiene más de 50 personas trabajadoras, la Ley 4/2023 exige contar con un conjunto de medidas que incluya un protocolo específico frente al acoso y la violencia hacia personas LGTBI. Para empresas con menos de 50 personas, no es obligatorio el Plan, pero sí el Protocolo como medida de prevención de riesgos y compromiso con la diversidad.
El protocolo LGTBI aborda específicamente situaciones de acoso, violencia o discriminación por orientación sexual, identidad o expresión de género, algo que no siempre está incluido en los protocolos generales. Además, establece medidas preventivas, circuitos de actuación y herramientas de protección específicas para estas situaciones.
Revisamos el protocolo existente y, si es necesario, lo adaptamos o complementamos con un anexo o documento específico para la protección de personas LGTBI, garantizando así el cumplimiento normativo y la coherencia interna.
Idealmente, participan la dirección, recursos humanos, comisiones de igualdad o personas referentes en la organización. Nosotras te acompañamos facilitando el proceso, adaptándolo a la estructura y realidad de tu entidad.
Sí. La formación es parte fundamental del servicio. Ofrecemos sesiones adaptadas tanto a la dirección como al resto de la plantilla, para asegurar que todo el personal conozca el protocolo, lo entienda y sepa cómo aplicarlo.
Depende del tamaño y la estructura de la organización, pero el proceso completo suele durar entre 4 y 8 semanas, incluyendo diagnóstico, redacción, validación, formación e implantación.
Este servicio también está pensado para ayuntamientos, servicios municipales, asociaciones y fundaciones, adaptando los contenidos al contexto institucional y normativo de cada caso.